¿Qué dice la ley?

Incluimos en esta parte del kit, algunos elementos que se incluyen en la legislación colombiana vigente, que pueden servir de apoyo frente a dudas de las familias, o docentes.

En Colombia el derecho a la educación está protegido por las leyes. En el caso de la discapacidad y de los talentos excepcionales, este derecho está protegido y reglamentado por el decreto 1421 de 2017, y apoyado en las guías de orientaciones disponibles para todas las instituciones educativas a través de las secretarías de educación y el Ministerio de Educación Nacional.

Para el caso de las niñas y niños con otros diagnósticos como los trastornos de la lectura, la escritura, las matemáticas, y el Trastorno Déficit de Atención, no se contaba hasta el 2022 con una normativa clara y actualizada al respecto. Esto comienza a solventarse con la ley 2216 del 2022.

¿Qué dice la ley?
¿Qué dice la ley?

El decreto 1421 de 2017 es el marco de referencia para la inclusión educativa en el caso de las niñas y niños con diagnósticos que son considerados como discapacidades ante la norma (entre otros: discapacidad física visual, auditiva, sordoceguera, intelectual, trastorno espectro autista, trastorno de ansiedad, depresión), así como para aquellos con talentos excepcionales. Dentro de este decreto se estipulan elementos claves para tener en cuenta en la educación inclusiva. Los que encontramos más importantes compartir son el DUA (diseño universal del aprendizaje) y el PIAR (Plan Individual de Ajustes Razonables).

¿Qué dice la ley?

El DUA se refiere a un modelo educativo que toma como punto de partida la premisa de que todas las personas aprendemos de maneras diferentes. Y que por tanto, cuando se realizan planeaciones pedagógicas y se llevan a cabo las clases, y evaluaciones, quienes imparten estas clases deben brindar experiencias diversas para acceder a los contenidos de la clase (ej. no solamente poner a los estudiantes a leer sobre algo en un texto, sino experimentar con materiales, hacer exposiciones, ver videos, inventarse obras de teatro, poesías, o juegos de sabelotodo con la misma temática). El DUA debe en principio ser el modelo a usar en las aulas.

¿Qué dice la ley?

El decreto 1421 se enfoca en aquellas niñas y niños (con los diagnósticos mencionados anteriormente), para quienes las oportunidades diversas de acceso a materiales que ofrece el DUA no son suficientes. En estos casos, debe entonces la institución educativa diseñar un PIAR. Ese PIAR no lo diseñan los equipos terapéuticos de atención. Lo diseñan los equipos educativos (con algunos insumos eso sí, de la parte terapéutica. En ese documento (que se revisa cada período académico), el equipo educativo consigna las características del estudiante (fortalezas y debilidades), su historia con el diagnóstico, sus antecedentes familiares, escolares y terapéuticos, y delinea las estrategias de ajustes a usar para que la niña o el niño pueda tener un proceso de inclusión exitosa. Esta hoja de ruta es fundamental para los procesos. Y debe siempre ser realizada por las instituciones educativas, para el caso de niñas y niños con los diagnósticos mencionados.

Pero….. Este decreto dejó por fuera todos los trastornos del aprendizaje, y el TDAH. Dejando así  sin fundamento la inclusión educativa para estos estudiantes. Estos diagnósticos no son considerados discapacidades, por lo que no se incluyeron en el decreto. Pero igualmente año a año se continuaban viendo a niñas y niños fracasando en su vida escolar, porque no había una ruta tan delineada para su inclusión educativa.

¿Qué dice la ley?

Afortunadamente en el 2022 se aprueba la ley 2216 que promueve la educación inclusiva para niñas , niños y adolescentes con trastornos específicos del aprendizaje. Al ser una ley nueva, aún no tiene una reglamentación que la acompañe y que delinee la ruta de atención óptima. Pero al menos se tiene ya un primer paso de proteger el acceso a educación inclusiva de estas niñas y niños. Vale la pena resaltar que el DUA es también un modelo que puede tener la serie de ajustes que requiere un estudiante con trastornos del aprendizaje y/o TDAH para tener una vida escolar más exitosa. Pero que en los casos que esto no sea suficiente, también los colegios deben tomar en cuenta la existencia de la ley 2216, y generar los mecanismos que puedan promover para dicha niña o niño la inclusión educativa.

Seguramente cuando salgan el o los decretos reglamentarios, tendremos muchas más herramientas para compartirles. Y hemos incluido también algunos recursos que puedan ser útiles a los equipos pedagógicos.